Esta sentencia, emitida por el Juzgado de Primera Instancia Nº 46 de Barcelona, aborda una demanda en la que se solicitaba la nulidad de varios contratos de préstamo por considerarlos usurarios, de acuerdo con la Ley de Represión de la Usura.
Contexto y demanda
La demanda fue interpuesta por el cliente contra una entidad financiera, solicitando la nulidad de los contratos de préstamo por la alta tasa de interés aplicada. La argumentación principal se centraba en que los intereses eran excesivamente superiores a los normales y desproporcionados, causando un perjuicio económico al prestatario.
Argumentos jurídicos
- Usura: Según la Ley de Represión de la Usura, un contrato de préstamo puede considerarse usurario si el interés aplicado es “notablemente superior al normal del dinero”. La sentencia señala que los intereses aplicados en los contratos en cuestión superaban significativamente las tasas habituales del mercado, lo cual justificaba la calificación de usurario.
- Nulidad del contrato: Al declararse la nulidad de los contratos por usura, el prestatario solo estaría obligado a devolver el importe del capital recibido sin los intereses adicionales, mientras que el prestamista debe reembolsar cualquier cantidad recibida en exceso.
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Fallo judicial
El tribunal declara nulos los contratos mencionados en la demanda debido a la existencia de una tasa de interés desproporcionada. En consecuencia, la entidad demandada deberá restituir las cantidades pagadas en exceso sobre el capital original, mientras que la parte actora únicamente deberá abonar el importe recibido en préstamo. Además, se impone a la entidad demandada el pago de las costas procesales.
Esta sentencia subraya la importancia de proteger los derechos de los consumidores frente a prácticas crediticias abusivas, destacando la posibilidad de recurrir a la Ley de Represión de la Usura para anular contratos de préstamo con intereses excesivos.