¿Qué bienes te pueden embargar por una deuda? Lo que dice la ley

11 de julio de 2025 por
¿Qué bienes te pueden embargar por una deuda? Lo que dice la ley
Gisemar Flores
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Cuando no puedes pagar tus deudas, uno de los mayores temores es el embargo de tus bienes. Pero, ¿Qué te pueden embargar realmente? ¿Es cierto que lo puedes perder todo? La respuesta es no, y hoy en Robin Hood Asociados te explicamos qué bienes sí pueden ser embargados por una deuda, y cuáles están protegidos por ley.

¿Qué significa que te embarguen un bien?


El embargo es una medida legal que permite a un acreedor (un banco, Hacienda, una empresa, etc.) recuperar el dinero que le debes tomando posesión de tus bienes o ingresos. No es inmediato ni automático: requiere un procedimiento legal previo, que en la mayoría de los casos pasa por un juzgado.

Bienes embargables por una deuda según la ley


La legislación española permite embargar ciertos bienes para cubrir una deuda impagada. Entre los bienes embargables por una deuda, encontramos:

1. La cuenta bancaria

El saldo que tengas en tus cuentas puede ser embargado. El banco está obligado a retener el dinero si llega una orden judicial.

🔎 Importante: La ley permite dejarte el importe equivalente al SMI mensual (Salario Mínimo Interprofesional) si no tienes más ingresos.

2. La nómina o pensión

Sí, tu sueldo o pensión también se puede embargar, pero no en su totalidad. La ley protege una parte mínima para que puedas subsistir:

  • No se puede embargar el salario si no supera el SMI (2025: 1.134 € aprox.)
  • A partir de esa cantidad, se aplica un porcentaje creciente, según el tramo.

3. El coche

Si es de tu propiedad y no está financiado, puede ser embargado. Especialmente si no es un vehículo de trabajo ni de necesidad para personas dependientes.

4. La vivienda

Este es uno de los embargos más delicados. Tu casa puede ser embargada si tiene un valor suficiente para cubrir parte o toda la deuda. Si es tu vivienda habitual, el proceso es más garantista, pero no imposible.

5. Segundas propiedades

Pisos, locales o terrenos que no constituyan tu vivienda habitual son embargables sin restricciones adicionales.

Bienes que no te pueden embargar


No todo lo que tienes está en riesgo. Existen bienes que están protegidos por la ley para asegurar tu dignidad y supervivencia mínima.

  • El Salario Mínimo (cuando es tu único ingreso)
  • Bienes de uso personal básico (ropa, cama, electrodomésticos esenciales)
  • Herramientas necesarias para ejercer tu profesión (si eres autónomo)
  • Alimentos indispensables para ti y tus dependientes
  • Pensiones de alimentos o ayudas no embargables (como becas)

Dato útil: Incluso en procedimientos de embargo, puedes solicitar al juez que respete ciertos bienes esenciales si justificas su necesidad.

¿Qué hacer si recibes una notificación de embargo?

Lo más importante es no ignorar la carta del juzgado o Hacienda. Actuar rápido puede marcar la diferencia. Estas son algunas recomendaciones:

  • Consulta con un abogado especializado, como los de Robin Hood Asociados
  • Revisa si la deuda es legítima y si ya prescribió
  • Valora si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar toda la deuda

La Ley de Segunda Oportunidad: ¿puede frenar un embargo?


Sí. Esta ley permite exonerar todas tus deudas, incluso si ya hay embargos iniciados. Si cumples los requisitos, puedes solicitar la paralización de los embargos mientras el juez decide si te concede la cancelación total de tus deudas.

En Robin Hood Associates defendemos a personas como tú que no pueden más con la presión de las deudas. Si estás en riesgo de embargo, pide una consulta gratuita con nuestro equipo. Hay soluciones legales que pueden devolverte el control de tu vida.

Preguntas frecuentes sobre el embargo de bienes

¿Pueden embargarme si no tengo nada a mi nombre?

Si no tienes bienes a tu nombre, la ejecución es más difícil, pero la deuda sigue viva y puede seguir generando intereses o aparecer en registros como ASNEF.

¿Pueden embargar bienes a mi pareja o hijos?

Solo si figuran como cotitulares o avalistas de la deuda. En general, no se puede embargar a terceros que no estén vinculados legalmente con la deuda.

¿Me pueden embargar el paro o una ayuda estatal?

Depende. Algunas ayudas como el IMV (Ingreso Mínimo Vital) son inembargables, pero el paro puede ser embargado parcialmente si supera el SMI.


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