Recibir una notificación judicial nunca es plato de buen gusto, pero si te ha llegado una relacionada con un embargo por juicio monitorio, es importante que no entres en pánico. Tienes derechos, plazos para actuar y recursos legales que pueden ayudarte a frenar o anular el proceso. En este artículo, te explicamos de forma clara qué es un juicio monitorio, cómo funciona el embargo y qué puedes hacer si estás en esta situación.
¿Qué es un juicio monitorio y por qué me ha llegado una notificación?
El juicio monitorio es un procedimiento judicial rápido que utilizan las empresas, bancos o acreedores para reclamar el pago de una deuda impagada. Es común cuando se trata de facturas, préstamos personales, tarjetas revolving o impagos con operadoras y financieras.
Si has recibido una notificación del juzgado, es porque esa entidad ha iniciado un proceso monitorio contra ti, y lo más probable es que quieran recuperar una deuda que, según ellos, aún debes.
Pero que te llegue esta notificación no significa que hayas perdido el caso ni que vayan a embargarte ya. Solo indica que tienes la oportunidad de actuar: pagar, negociar o responder con defensa.
Embargo por juicio monitorio: ¿en qué casos ocurre?
Un embargo por juicio monitorio no es automático. Solo ocurre si:
- No respondes a la notificación en el plazo de 20 días hábiles.
- No pagas ni presentas oposición.
- El acreedor solicita al juez que se inicie la ejecución forzosa, es decir, el embargo.
El juzgado puede embargar tus cuentas, nómina, pensión (si supera el mínimo legal), vehículos o cualquier bien a tu nombre para saldar la supuesta deuda. Por eso es clave actuar cuanto antes.
¿Qué hacer si ya recibiste una notificación de juicio monitorio?
Aquí te dejamos los pasos fundamentales:
1. Revisa la notificación y la deuda que te reclaman
No todas las reclamaciones son correctas. A veces las cifras están infladas con intereses abusivos o gastos añadidos. Es importante saber quién reclama, cuánto y por qué.
2. No ignores la carta del juzgado
Tienes 20 días hábiles para actuar desde que recibes la notificación. Si no haces nada, el proceso avanza y podrás sufrir un embargo por juicio monitorio.
3. Consulta con un abogado especializado
No estás solo. En Robin Hood Associates analizamos tu caso gratis. Podemos ayudarte a oponerte al monitorio, negociar o incluso anular la deuda si se demuestra que hay abusos.
4. Preséntate en el juzgado si decides oponerte
Se puede presentar un escrito de oposición explicando por qué no estás de acuerdo con la deuda. Si se acepta, el proceso monitorio se transforma en un juicio ordinario.
5. Evita el embargo con una actuación rápida
Si el embargo ya ha sido solicitado, aún es posible pararlo con un recurso, una suspensión o incluso con herramientas como la Ley de Segunda Oportunidad, si tienes más deudas acumuladas.
¿Qué bienes pueden embargarme?
En caso de que el procedimiento avance, lo primero que se suele embargar son las cuentas bancarias. Si no hay dinero suficiente, pueden ir tras:
- Parte de tu nómina o pensión (solo si supera el salario mínimo).
- Vehículos, viviendas u otros bienes a tu nombre.
- Devoluciones de Hacienda, premios, etc.
Pero no pueden dejarte sin lo básico para vivir. Hay límites legales a los embargos, y es ahí donde una defensa legal puede ayudarte a proteger tus ingresos.
¿Y si no tengo cómo pagar?
Si la deuda es grande y no puedes hacer frente al pago, existen soluciones legales. Una de ellas es la Ley de Segunda Oportunidad, que permite cancelar tus deudas si cumples ciertos requisitos. En Robin Hood Associates ya hemos conseguido que muchos clientes eliminen deudas incluso con Hacienda o Seguridad Social.
Preguntas frecuentes sobre el embargo por juicio monitorio
¿Cuánto tiempo tengo para responder al juicio monitorio?
Tienes 20 días hábiles desde que recibes la notificación para pagar, negociar o presentar oposición judicial.
¿Qué pasa si no tengo bienes que embargar?
Aun así, la deuda no desaparece. Pueden seguir intentando embargar futuros ingresos o bienes que adquieras.
¿Se puede frenar el embargo si ya empezó?
En algunos casos sí, especialmente si se demuestra que la deuda no es válida o que los intereses son abusivos. Consulta con un abogado cuanto antes.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si tengo un juicio monitorio?
Sí. De hecho, muchos juicios monitorios son por deudas que pueden incluirse en un proceso de exoneración total o parcial.
¿Me pueden embargar el sueldo o la pensión?
Sí, pero hay un límite. Solo se puede embargar la parte que exceda el salario mínimo. Y si ya tienes otros embargos, el margen puede ser aún menor.
Embargo por juicio monitorio: qué hacer si ya has recibido la notificación